ANTONIO CASADO
PENAL
Me pillaron en mi casa con un cultivo de dos kilos de marihuana, ¿entraré en prisión?
Al ser una droga que no causa grave daño a la salud, la petición del Ministerio Fiscal suele rondar los dos años de prisión, además de otras penas de carácter accesorio. Debe usted tener en cuenta, además, que se le podrá imponer una multa de unos 10.000.-€. Ahora bien, debemos advertirle que existe la posibilidad de que se haya vulnerado algún derecho fundamental, lo que en principio acarrearía la nulidad. Así,es bastante probable queel Juezapreciealgún atenuante lo que podría aminorar su pena en uno o dos grados. Asimismo es posible que trascurran cinco años y que el delito prescriba o puede que se produzca el archivo de su causa. En definitiva y en honor al deber de contestarle a su respuesta, le aseveraré que si no tiene antecedentes penales sería extraño que entrare a la cárcel.

JOSÉ MONTERO
TRIBUTARIO
Compré una vivienda y hace una semana he recibido una carta de Hacienda en la que me reclaman 12.589,45.-€, porque el valor de la vivienda según ellos es superior al valor real por el que adquirí y escrituré mi casa, ¿tengo que pagarlo?
Si acaba de recibir la carta podrá comprobar que tiene un plazo de 10 días para examinar el expediente y formular alegaciones. Será difícil que estas primeras alegaciones le sean estimadas, aunque un posterior recurso ante el Tribunal Económico Administrativo Regional tendrá grandes posibilidades de éxito. Para ello, habrá de basar sus alegaciones, entre otros motivos, en que por nuestros Tribunales se exige que la valoración de nuestra finca sea motivada y por funcionario que examine la finca, teniendo en cuenta el estado de conservación y antigüedad del inmueble, ubicación y circunstancias urbanísticas concurrentes; parámetros, todos ellos, que no suele respetar Hacienda.Nuestro consejo es que impugne la valoración para evitar así el pago de la cantidad que le reclaman. El éxito suele estar garantizado.

SARA LLORCA
HERENCIAS
Estoy divorciada y me han comentado que me interesa hacer testamento. ¿Es esto cierto?
Recomendamos que con independencia de su estado civil otorgue testamento, y ello a los efectos de evitar problemas entre sus familiares el día que fallezca. En este punto, es nuestra intención hacer hincapié en los beneficios que tienen los familiares cuando la persona que ha fallecido dispone de un testamento, por cuanto la adjudicación de la herencia se convierte, por lo general, en un procedimiento más sencillo y menos costoso que en caso de ausencia de testamento. Sin embargo, las personas que se encuentran divorciadas o en proceso de divorcio, el disponer de un testamento es muy interesante, ya que si existen hijos menores y la relación con su pareja no es la adecuada, seguramente sea preferible que los bienes de sus hijos, hasta que los mismos sean mayores de edad, los administre una persona ajena a su expareja, hecho que únicamente se puede conseguir mediante el otorgamiento de un testamento.

GEMA GÓMEZ
PENAL
He sido condenado a una pena de multa. En caso de no pagarla ¿pueden dictar una orden de detención e ingreso inmediato en prisión?
Decirle que normalmente la pena de multa se impone de acuerdo a sus ingresos a fin de que efectivamente se cumpla. De desconocerse dichos ingresos se suele imponer la cuota mínima. En cuanto a la duda que plantea, para que puedan dictar una orden de detención deberá haberle requerido el pago de dicha multa el Juzgado. Una vez notificado dicho requerimiento de pago, y usted no haya abonado, se dictará una orden de detención y presentación.Esta orden consiste en que se le detiene, se le traslada hasta dependencias policiales y una vez allí, se le notifica el requerimiento. Tras ello, le pondrán en libertad.Si vuelve a desatender dicho pago, se dictará una nueva orden pero esta vez de detención e ingreso en prisión.Para evitar estas desagradables experiencias, nuestra recomendación es que lo solicite, ya que dicho fraccionamiento suelen aceptarlo sin problema.

LUZ GÓMEZ
CIVIL
Tras una ruptura de una pareja, ¿quién se queda con el perro?
Si uno de los miembros de la ex pareja es propietario del animal en exclusiva y puede acreditarlo, será el único que ostente el derecho a poseerlo. Sin embargo, si durante la convivencia se ha creado un régimen de comunidad de bienes, siendo voluntad de los convivientes hacer comunes todos o algunos de los bienes adquiridos durante la relación, como pueda ser un perro, se deberá instar demanda al Juzgado reclamando que se adjudique la mascota a uno de los copropietarios con deber de indemnizar al otro por ello, o bien, que se siga ostentando la copropiedad del animal compartiendo la posesión y disfrute del mismo por periodos de tiempo iguales para cada uno de ellos.