En pleno siglo XXI, los profesionales que trabajamos en el campo de lo social seguimos luchando porque se reconozcan los derechos de las trabajadoras embarazadas, pero para ello es importante acudir siempre a un profesional y seguir los pasos que a continuación se detallan:

Es importante saber que no tienes la obligación de informar a tu empresa de tu estado, aunque si conveniente en el caso de que tu trabajo suponga un riesgo para el feto, véase por ejemplo los trabajos en los que estás en contacto con productos tóxicos o que entrañen cierto peligro en su desempeño: policías, militares embarcadas, etcétera. En la mayoría de las ocasiones lo que ocurrirá en estos supuestos es que te recolocarán en un puesto de trabajo donde no exista riesgo para el tu bebé.

Si la empresa te despide cuando estas embarazada- aun si esta no tiene conocimiento de que lo estas- nunca debes firmar la carta de despido, y si te obligan a firmarla hazlo con tu firma, la expresión “no conforme” y la fecha del día en que firmas, pues casi con total seguridad se tratara de un DESPIDO NULO por vulneración de los derechos fundamentales lo que conllevará que en el caso de que no se llegue a un acuerdo en conciliación, se tenga que acudir a la Jurisdicción Social para que un juez sea el que determine la nulidad del despido.

En cualquier caso no solo está en juego tu puesto de trabajo pues si el despido es declarado nulo la empresa se verá obligada a readmitirte, sino también una considerable suma de dinero correspondiente a los salarios de trámite; es decir, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta el momento de la readmisión.

Desde Casado Mena Abogados, te aconsejamos que NUNCA renuncies a reclamar en caso de despido, ya que hoy en día, no se puede despedir a una mujer embarazada pues esta tiene una tutela específica y su despido será con un alto porcentaje de probabilidad NULO.