Actualmente, si hay algo que nos desborda y a lo que tenemos acceso fácil y rápido es la información. Este exceso de información nos lleva en la mayoría de casos a la deformación de la misma, incluso un poco más allá, a la ignorancia.

A diario vemos en la televisión como dicen: “Fulanito ha sido IMPUTADO en la operación…”, “Menganito ha sido ACUSADO de un delito de…” y “Agapito ha sido llamado a declarar como TESTIGO…”.

Todos hemos escuchado y pronunciado frases similares, pero realmente ¿comprendemos que estamos diciendo?

Apuntar que en fecha 3 de Abril nos levantábamos con la noticia de que en una trama importante que se está investigando en los juzgados de Palma de Mallorca, se dictaba una resolución judicial, que entre otros pronunciamientos contenía el que literalmente decía:

“Recibir declaración en calidad de IMPUTADA, asistida de Letrado y con instrucción de sus derechos, a Doña Cristina Federica de Borbón y Grecia, declaración que pretendidamente versará sobre su intervención en la Asociación Instituto Noos de Investigación Aplicada y Entidad Mercantil Aizoon S.L., manejo y destino de los fondos obtenidos a través de las mismas y las que se deriven, señalándose para tal acto las 10 horas del día 27 del presente mes en la sede del Juzgado de Instrucción”.

Muchos se echaron las manos a la cabeza llegando a decir que Doña Cristina estaba acusada, incluso condenándola anticipadamente.

Pues bien, Doña Cristina al igual que el resto imputados que, desgraciadamente por un lado y afortunadamente por otro, y que a ustedes se les vendrá a la cabeza multitud de nombres de gran relevancia debido a los numerosos casos destapados de corrupción política que inundan el panorama español, todos ellos tienen en común que son personas inocentes hasta que un tribunal les condene.

Esto puede resultar muy impactante, pero enseguida entenderán la diferencia entre estas “etiquetas” que casi seguro, ¿por qué no?, en algún momento de nuestra vida nos puedan colocar.
Vuelvo a replantear la pregunta anterior: ¿Cuántos de esos imputados que ustedes conocen han pasado a ser condenados, siquiera acusados?

Cuando comienza la investigación de unos hechos que preliminarmente tienen apariencia de delito, usted puede aparecer como TESTIGO, bien porque haya tenido de cualquier manera conocimiento sobre ese hecho delictivo que se está investigando y es llamado ante el Juez para que relate dicha información, o bien puede aparecer como IMPUTADO o PROCESADO (dependerá del procedimiento judicial que se inicie recibirá una denominación u otra).

Imputado simplemente porque existen fuertes indicios de que usted haya podido tener alguna participación en dicho hecho que se investiga.
En esta primera fase, por tanto, si usted recibe una carta en la que se le cita como TESTIGO, sé que comenzarán los sudores, pero tan sólo tiene que saber que debe comparecer y que está obligado a decir la verdad, pues de lo contrario podrán imputarle un delito de falso testimonio.

En cambio, si en esa misma carta en vez de poner la palabra testigo pone IMPUTADO, sé que también sudará pero hágalo de otra manera. Sepa que usted únicamente es sospechoso, es decir, que puede o no puede haber cometido esos hechos que se investigan o incluso que esos hechos que se investigan ni siquiera sean delito. Es llamado al igual que al testigo para que deje conocimiento de lo que usted pueda conocer pero con una gran diferencia y privilegio que no tiene la otra condición: desde este momento se le otorgan una serie de garantías tales como que deberá asistir acompañado de Abogado (y por tanto, asesorado legalmente de sus posibilidades y velando por sus intereses), podrá no declarar y si decide hacerlo, podrá no declararse culpable, lo que coloquialmente dicen “derecho a mentir”.

Pero, ¿estoy acusado? NO!, y mucho menos culpable.

De forma absolutamente errónea utilizan como sinónimos ser imputado y ser acusado. Sólo cuando termine esta fase, cuando los hechos estén totalmente investigados y delimitados, se dará paso a la fase de juicio. En este momento, cuando si lo indicios que inicialmente se detectaron se siguen manteniendo y en grado más alto, pasará a estar ACUSADO y a ser juzgado con todas las garantías.

Insisto, que tanto el imputado como el acusado no son culpables hasta que se celebre el oportuno juicio y exista una sentencia condenatoria, y si hay prostitutas santificadas, también hay acusados que resultan ser inocentes.

Sólo apuntar para terminar, que hace unos días el Ministro de Justicia, Rafael Catalá, anunciaba que iba a sustituir la palabra “imputado” por la de “encausado o investigado”. Saquen sus propias conclusiones.