1. Hola, ¿desde qué año se puede reclamar el céntimo sanitario? Gracias
» Buenas tardes. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en principio, permite reclamar todos aquellos años que no han prescrito, es decir los últimos cuatro años, excepto 2013, en el que ya no se aplicó el referido impuesto. Los años reclamables a día de hoy son, por tanto, 2010, 2011 y 2012, excepto el primer trimestre de 2010, que también se encuentra prescrito.
2. Buenas tardes, suelo guardar todos los tiquets de las gasolinera desde hace tres años. ¿Puedo reclamar el céntimo sanitario? ¿A quién se lo reclamo?
» La Agencia Tributaria ha indicado que los documentos necesarios para efectuar la reclamación son las faturas o documento equivalente, siempre que figure el importe repeercutido por IVMDH o la mención de que el impuesto se encuentra incluido en el precio. El Estado ha manifestado que otorgará validez a los tiquets pero siempre que reúnan los requisitos indicados anteriormente. Lo cierto es que la resolución a este respecto está por ver. En cualquier caso, si se dispone de ellos, nuestro consejo es reclamar.
Se ha de reclamar a la Agencia Tributaria, siendo el órgano competente para resolver la oficina gestora correspondiente al domicilio fiscal del obligado tributario que presentó la autoliquidación cuya rectificación se solicita.
3. Felicidades aldDiario la Opinion por la iniciativa. Acerca la justicia al ciudadano. Mi duda es hasta qué punto es responsable el Estado de esta tropelía que ha supuesto millones de euros de ganancias para sus arcas. ¿Estamos indefensos ante situaciones de este tipo?. Gracias por vuestra ayuda,
» Nuestra opinión es que este caso debería estar incluido dentro de los supuestos de responsabilidad patrimonial de la Administración y considero que efectivamente estamos indefensos ante situaciones de este tipo. No hay que olvidar que la Administración dispone de una serie de privilegios, tales como los plazos de prescripción, que nos impiden reclamar lo que ya hemos pagado indebidamente y ello, como comenta, puede situarnos en una posición de debilidad frente al Estado. En cualquier caso, y como comentábamos en el artículo publicado en la web, siempre podemos acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como ha sucedido en este caso, para que instancias comunitarias se pronuncien y resuelvan a nuestro favor.
4. En que consiste exactamente el centimo sanitario??
» Consiste en la creación de un impuesto creado instrumentalmente por el Estado en el año 2002 que gravaba el consumo de combustible y con el que se pretendía hacer frente al déficit sanitario y actuaciones medioambientales.
5. Mi principal duda es la siguiente: ¿a quién afecta principalmente esto del céntimo sanitario? Los particulares podemos reclamar algo al respecto o solo transportistas? Gracias
» El “céntimo sanitario” afecta tanto a personas jurídicas (empresas) como a personas físicas (particulares) consumidoras de combustible. En los medios de comunicación se ha tratado el problema principalmente desde el punto de vista de los transportistas, por el especial daño que se ha ocasionado a este colectivo, pero en realidad los particulares que dispongan de la documentación necesaria para acreditar el abono del referido impuesto, también podrían reclamar.
6. Buenas tardes. Me pueden explicar qué es lo que ha pasado con esto del céntimo sanitario? El Gobierno ha sido partícipe de algo injusto y ahora pondrán todas las pegas del mundo para devolver lo que le corresponde a los ciudadanos. ¿Sólo nos queda derecho al pataleo?
» Me remito a lo señalado en la pregunta anterior. Respecto a los problemas que ahora nos encontremos para obtener la devolución de las cantidades abonadas durante los últimos años, la Agencia Tributaria, en principio, parece estar facilitando los trámites para que no haya inconvenientes en la tramitación, aunque evidentemente quien reclame ha de disponer de las facturas o documentos equivalentes y hacer una labor de recopilación minuciosa para solicitar la devolución de los importes correspondientes. Por todo lo expuesto, y aunque nos quede una sensación de “vacío y frustración”, siempre podemos reclamar, que es el único cauce legal que el ordenamiento jurídico pone a nuestra disposición, lo cual aconsejamos a todos los lectores.
7. ¿Qué otras cosas pagamos los ciudadanos que la justicia puede tumbar? Me parece incomprensible que los gobiernos tomen medidas ilegales contra el pueblo y luego se justifiquen sin más y no hagan nada para remediarlo. Me puede la impotencia en estos casos
» Sería cuestión de hacer un estudio minucioso de cada uno de los tributos que pagamos en la actualidad que podrían tener un encaje controvertido en el ordenamiento jurídico, sin comentar los posibles supuestos de doble imposición, que algunos estudiosos de prestigio han considerado ilegales. Son bien conocidos, y podrían ser muy cuestionables, tributos como el pago por estacionar en zona azúl y los conocidos casos de la Sociedad General de Autores, entre muchos otros, aunque merecería un estudio en profundidad.
8. Estimados señores. Mi pregunta es la misma que plantea este chat: ¿Cómo y cuánto reclamar del céntimo sanitario? Gracias
» La Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los ciudadanos dos fórmulas de reclamación. La primera, y tradicional, planteando por escrito la reclamación y presentando los documentos necesarios en la Sección de Impuestos especiales. La segunda, por vía telemática, siguiendo las instrucciones de la Agencia Tributaria, si bien, requiere de un trabajo minucioso de inserción de datos bastante engorroso.
Respecto a la cantidad que podemos reclamar, en primer lugar hay que saber que el impuesto se compone, en algunos casos, de un doble tipo impositivo (suma del gravamen estatal y autonómico): el del Estado; y el establecido por algunas Comunidades Autónomas. El gravamen estatal es el mismo para la totalidad del territorio español (24 euros por cada 1000 litros de gasoil o gasolina consumidos). En el caso de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia:
Gasóleo de uso general: desde enero de 2011 se devolverán 12euros/1000 litros consumidos.
De noviembre de 2012 a diciembre de 2012 se devolverán 48 euros/1000 litros consumidos.
En el caso de la gasolina: desde enero de 2011 a noviembre de 2012 se devolverán 24 euros/1000 litros gasolina.
De noviembre de 2012 a diciembre de 2012 se devolverán 48euros/1000 litros de gasolina consumidos.
No hay gravamen autonómico para ninguno de ambos combustibles durante el año 2010.
9. ¿Se puede reclamar el céntimo sin tener las facturas? No pensé en guardarlas y me temo que no voy a poder recuperar mi dinero
» Sentimos contestarle que no. Si guarda los tiquets, y reúnen los requisitos reseñados anteriormente, puede que si pueda reclamar.
10. Buenas tardes. ¿Por qué se ha considerado esto como una medida ilegal y luego se ponen tantas trabas para devolver el dinero?
» Básicamente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha considerado ilegal el referido tributo por considerar que es contrario a la normativa europea que regula esta materia. La Agencia Tributaria, a pesar de la situación y de la frustración que la misma nos pueda generar, está intentando facilitar los trámites administrativos para que los perjudicados consigan la devolución de su dinero. El tiempo y el dinero total obtenido por los ciudadanos nos permitirá en unos meses evaluar el trabajo de la Agencia Tributaria.
11. Porque estamos tan indefensos ante medidas como esta de los gobiernos que luego se ve que no actuan de la forma mas legal que hay. que podemos hacer para que no nos perjudiquen de esta manera siempre?
» Nos remitimos a lo expresado en respuestas anteriores.
12. ¿Esto del centimo sanitario nos afectaba a todos o solo aunos pocoss? gracias
» Nos remitimos a lo contestado en la pregunta número cinco. Gracias
13. ¿Quien tiene que devolver el dinero y a quien? ¿Y porque ha pasado todo esto?
» Tiene que devolver el dinero la Agencia Tributaria a todas aquellas personas físicas y jurídicas que hayan o vayan a formalizar la pertinente reclamación.
En el artículo publicado en la web planteábamos varias reflexiones respecto de lo injusto que son para los administrados medidas como la que tratamos en el día de hoy. No deja de ser reprobable que los Poderes Públicos, a pesar de conocer el criterio de la Comisión Europea al respecto, mantuvo en vigor la aplicación de este controvertido impuesto. Dejamos para la reflexión del lector si conscientemente y con ánimo recaudatorio el Estado impuso este impuesto, aun a pesar de conocer que contravenía el ordenamiento jurídico. En nuestra opinión, los hechos hacían presumir claramente que este impuesto sería declarado ilegal.
14. ¿Que vamos a hacer con gobernantes incompetentes que nos obligan a pagar cosas que luego tienen que devolver (aunque hacen que sea lo más dificil del mundo para no tener que devolver toda la cantidad)?
» Lo único que podemos, como indicábamos en respuestas anteriores, es ejercer nuestros derechos y, en ningún caso, permitir, con una actitud pasiva, que nuestros intereses se vean perjudicados ante injusticias como la que tratamos en el día de hoy. Si los Poderes Públicos de nuestro país no reaccionan ante tales situaciones siempre podemos acudir a instancias como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, aunque el proceso sea lento y costoso.
15. Porque ha quedado prescrito algún año y no se va a devolver la cantidad de esa fecha?
» La Ley 58/2013 (Ley General Tributaria), en su artículo 66 señala que el plazo de prescripción, es decir, el plazo, pasado el cual ya no podemos reclamar la devolución del ingreso indebido, es de cuatro años. Por este motivo, podemos reclamar desde 2010, excepto 2013, en que el impuesto dejó de estar en vigor.
16. Entonces, entiendo que pese a guardar los tiquets igual no me vale para nada si no está especificado en los mismos tal y lo que indica la agencia tributaria. ¿Por qué tantas pegas si los que lo han hecho mal son ellos? Qué rabia
» Totalmente de acuerdo en que, sobre todo los particulares, no solemos guardar, en muchos casos, los tiquets, y mucho menos facturas. Este es el motivo por el que se estima que de los 13000 millones de euros recaudados por este impuesto, tan sólo 4000 serán devueltos.
Somos conscientes de la dificultad que en algunos casos puede implicar la reclamación del “céntimo sanitario”. Por ello, hemos creído oportuno tratar un tema que puede afectar a tantas personas y sobre el que entendemos que pueden existir numerosas dudas. Desde Casado Mena Abogados, como siempre, nos ponemos a disposición de cualquier afectado que desee iniciar los trámites de reclamación. Aprovechamos para informar que cuanto más tarde se formule la reclamación, menos periodos abonados podrán reclamarse por la problemática antes explicado de la prescripción. De hecho, a día de hoy, el primer trimestre de 2010 ya se encuentra prescrito. Un saludo desde las Oficinas Centrales del Diario la Opinión de Murcia. Pueden contactar con nosotros en info@casadomenaabogados.es. Muchas gracias por su atención.
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