Ahora que se cumplen 41 años desde la reforma política, tramitada por un procedimiento de urgencia, con luces y sombras, que conllevó a la ratificación del texto constitucional por referéndum, formulo en voz alta la siguiente pregunta: ¿hay o no hay constitución en España?
En primer lugar, si atendemos a las reivindicaciones del artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano del año 1789, el cual señala que «una Sociedad en la que no esté establecida la garantía de los Derechos, ni determinada la separación de los Poderes, carece de Constitución». Y en España, a día de hoy, atendiendo los requisitos de ese precepto universal, no hay más remedio que concluir que no hay constitución, al menos en sentido estricto, aunque sí en apariencia; lo que tenemos, no caigamos en el error, son Leyes Fundamentales del Reino.
No sólo soy yo el que lo atestigua, sino que hubo juristas notables como Antonio GARCÍA-TREVIJANO que así lo denunciaron en infinidad de ocasiones, incluso antes de su aprobación. En añadidura, a más decir, la Magistrada de la Audiencia Provincial de Sevilla Mercedes ALAYA, el 21 noviembre de 2019, en Granada, ante el Foro de la Concordia Civil, puso de manifiesto que duda de que exista una verdadera independencia judicial.
Huelga señalar que es público y notorio que desde la perversa reforma del Ley Orgánica del Poder Judicial –causa inequívoca de la muerte de Montesquieu– enarbolada por el Gobierno socialista de Felipe GONZALEZ, en el año 1985, la elección de sus miembros se realizó por un acuerdo político entre Congreso y Senado. José María AZNAR prometió antes de ganar las elecciones del año 1996 que devolvería al CGPJ su independencia perdida, pero no lo cumplió ni de lejos. En 2001, se reformó la LOPJ para regular la elección de los doce jueces y magistrados, pero fue más de lo mismo, ya que la independencia del Poder Judicial no se consiguió. Precisamente por eso mismo, la meritada heroica Magistrada de los eres no tuvo temor en afirmar en Granada que es «una fórmula anómala y absurda que resulta asfixiante» y convierte al Consejo en «un miniparlamento, con distribución cuotas no por valía o prestigio, sino de miembros maleables según el interés de cada grupo». Un órgano que «no salvaguarda la independencia, sino todo lo contrario».
Además, el propio Presidente del Gobierno Pedro SÁNCHEZ, declaró públicamente (sabiendo lo que decía) que la Fiscalía depende del Gobierno, o sea del Poder Ejecutivo, cosa que es totalmente cierta en la praxis, aunque haya ocasionado malestar en las tres asociaciones de Fiscales. Además, en el año 2019 hemos visto claudicar al Tribunal Supremo en dos salas distintas, pero no muy distantes, la de lo Penal y la de lo Contencioso-Administrativo, en dos temas muy controvertidos, aunque se han resulto sospechosamente por unanimidad, impidiendo así, de facto, que hubiera lugar a ser admitido el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. De un lado, desde la Sala Segunda, la Sentencia que no condena por delito de Rebelión a los golpistas por el Golpe de Estado en Cataluña. Y de otro lado, desde la Sala Tercera, autorizando exhumar a Francisco FRANCO, aceptando como bueno un Decreto Ley que ni era urgente ni necesario y en añadidura, obligando a los familiares del fallecido a enterrarlo donde el Gobierno ordenase, hecho sin precedentes en la historia del derecho.
Podría seguir enunciando y denunciando supuestos de hecho que prueban de manera suficiente y fehaciente que no hay libertad política, ni separación de poderes y que por consiguiente no hay constitución, ni que tampoco hay democracia al no haber constitución, si bien con formular protesta a los efectos oportunos me doy por satisfecho.
Fdo. Antonio Casado Mena
Doctorando en derecho. Abogado y economista.