Es muy habitual que adquiramos una vivienda, por ejemplo, y que incluso sin esperarlo, nos encontremos meses o incluso años después con una carta, a la que comúnmente se le denomina “complementaria”, procedente de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia en la que el Fisco nos reclama una cantidad relevante de dinero, en concepto de impuesto de transmisiones patrimoniales por la compra de dicho inmueble.

El planteamiento, para quien pueda perderse, es bien sencillo, sobre todo si lo exponemos con un claro ejemplo: hace un año adquirimos una casa por 100.000 euros, valor por el que igualmente escrituramos en la notaría. Por dicha adquisición, tenemos que tributar en la Región de Murcia el 8% sobre el referido valor, es decir, 8000 euros de impuesto de transmisiones patrimoniales. Meses más tarde, recibimos una carta de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia en nuestro domicilio. En ella, se hace referencia a una extensa normativa y a unas casi indescifrables tablas y gráficas de valoración de inmuebles y se nos informa que la vivienda que compramos está valorada, según Hacienda, en 200.000 euros, y que por tanto, hemos de pagar el anterior impuesto sobre ésta cantidad y no sobre 100.000, es decir, que nos reclaman 8.000 euros más e incluso intereses de demora.
Son muchos los casos como éste que hemos tramitado en el despacho y lo cierto es que, la mayoría de clientes, antes de ser recibidos por nosotros, tienen la errónea creencia de que nada se va a poder hacer. Sin embargo, esto no es así, más bien todo lo contrario, pues todos los recursos que desde Casado Mena Abogados hemos tramitado por asuntos de este tipo, han concluido con éxito, es decir, con una declaración de nulidad de la reclamación formulada por Hacienda. Los pasos a dar, aunque se demoran varios meses en el tiempo, son bastante sencillos, siendo significativo conocer la doctrina que al respecto han establecido nuestros Tribunales, además de hacer uso del cauce procesal adecuado.

Básicamente, y sin ánimo de aburrir al lector con demasiada verborrea jurídica, apuntaremos que nuestros Tribunales exigen que la valoración de nuestra finca sea motivada y por funcionario que examine directamente la finca, teniendo en cuenta el estado de conservación y antigüedad del inmueble, ubicación y circunstancias urbanísticas concurrentes, entre otros parámetros. También consideran nuestros Tribunales de Justicia que por parte de Hacienda se hace uso en las valoraciones de un modelo estereotipado que impide que pueda tenerse un conocimiento aproximado de los inmuebles valorados y de las verdaderas razones que justifican la valoración alcanzada, todo lo cual sitúa en una evidente situación de indefensión a los recurrentes, a quienes se impide de esa manera discutir el fundamento de dicho resultado.

Por todo lo expuesto, animamos a quienes puedan verse afectados por estas reclamaciones a que nunca den por buena la reclamación que les pueda estar efectuando Hacienda y busquen el asesoramiento legal necesario en defensa de sus derechos.
En Casado Mena Abogados tenemos a su entera disposición a un equipo especializado en éste y otros asuntos que estará encantado en atender cuantas cuestiones le susciten dudas. Puede contactar con nuestro equipo a través de info@casadomenaabogados.es.