A pesar de que el número de divorcios sigue creciendo en un 5% anual en este último año, se siguen celebrando matrimonios aunque sus cifran hayan descendido con el paso de la crisis económica y de la evolución social actual.

En la época de nuestros padres y abuelos la elección del régimen económico del matrimonio era impensable. En la actualidad, los cónyuges comienzan a darle la importancia debida a esta decisión que les regirá durante el tiempo que dure la unión e igualmente a la hora de liquidarla.

Según la comunidad autónoma en la que se celebre dicha unión, se aplicará de manera automática un régimen económico matrimonial u otro. En la mayoría de las Comunidades se aplica el régimen de sociedad legal de gananciales excepto en Baleares, Cataluña, Valencia, País Vasco y Navarra que será el de separación de bienes.

Debemos saber que el sistema de sociedad legal de gananciales es un régimen igualador y solidario ya que no distingue el origen de la mayoría de ganancias y pérdidas sobrevenidas durante el matrimonio, imponiendo a ambos cónyuges una misma diligencia y responsabilidad en su relación con los bienes y obligaciones adquiridos. Crea un patrimonio en común que implica que mientras subsista el matrimonio no serán propietarios de partes del mismo, sino que cada cónyuge será propietario del total junto con el otro, con el riesgo que ello conlleva.

En cuanto al de separación de bienes, cabe decir que los patrimonios conviven en una situación de autonomía e independencia, aportando ambos el porcentaje que previamente acuerden con el fin de cubrir los gastos comunes de la convivencia. Los cónyuges son titulares únicos de los derechos y obligaciones que adquieran antes, durante y después de la celebración del matrimonio.

En conclusión, se elija el régimen que se elija, es una decisión de elevada importancia y debe de estar meditada y estudiada por ambos cónyuges, teniendo en cuenta que posteriormente se ha de llevar a la práctica de la misma manera, con el fin de no crear confusiones si llegara el momento de divorciarse y liquidar el régimen.