Luz Gómez Navarro (directora del departamento de civil y matrimonial)
Recientemente han aparecido numerosos casos de intoxicación por ingerir alimentos en mal estado, ya sea en restaurantes o adquiridos en tiendas de alimentación, provocando intoxicaciones de carácter leve como cuadros gastrointestinales o bien de carácter grave como la reciente botulínica aparecida en botes de alubia cocida. Ante todos ellos, ya sean de mayor o menor gravedad, existe una responsabilidad por parte de quien ha suministrado el alimento al consumidor, bien a través un restaurante o de un supermercado.
Es importante saber que ante, un supuesto de este estilo, se necesita actuar de una manera concreta a fin de que la reclamación prospere dando lugar a una indemnización por daños y perjuicios. Necesitamos acreditar la conexión entre la ingesta del alimento en mal estado y la enfermedad sufrida. Por ejemplo, si hemos acudido a un restaurante con nuestra pareja y al ingerir los mismos productos ambos hemos sufrido una intoxicación, acudiendo a urgencias por ese motivo, deberemos:
– Conservar el ticket o factura del restaurante en el que se indique los alimentos que se han ingerido además de fecha y hora.
– Solicitar informe médico de urgencias en el que se diagnostique que hemos sufrido ciertas patologías médicas a causa de una intoxicación alimenticia en idéntica fecha y hora aproximada a la ingesta.
– Seguidamente deberemos iniciar la reclamación ya sea de manera extrajudicial o judicialmente concretando los daños sufridos y la valoración económica de los mismos.
Desde Casado Mena Abogados dejamos a su disposición nuestro número de teléfono 24 horas (968.315.159) indicándole que si sufre alguna intoxicación durante sus vacaciones no dude en consultarnos.