Los abogados laboralistas Paco Antón, Raquel Fernández y Caridad Carrillo, junto al letrado Antonio Casado Mena responderán las dudas de los lectores sobre la responsabilidad civil por enfermedades profesionales derivadas de partículas suspendidas en el aire
1. En mi empresa trabajamos en contacto con algunas sustancias peligrosas pero no tenemos la protección adecuada. ¿Qué puedo hacer sin que se vea perjudicado mi puesto de trabajo? Muchas gracias por su ayuda.
» Buenas tardes.
Si ud. ha percibido cualquier dolencia o enfermedad respiratoria en sus compañeros o en ud. mismo, debería acudir a un médico e informarle de las condiciones ambientales de su puesto.
Puede informarse de las medidas de seguridad que deberían estar aplicándose en las recomendaciones que se ofrecen en la página web del Instituto Nacional de Seguridad Salud y Bienestar en el Trabajo.
Respondiendo a su pregunta, en principio cualquier reclamación que ud. pudiera interponer ante la autoridad laboral (Inspección de Trabajo) sería anónima frente a su empresa.
2. El problema en España es el infradiagnóstico de muertes por enfermedad profesional ¿Qué podemos hacer cuando un trabajador ha fallecido por un cáncer por amianto y la Sanidad Pública diagnóstica la muerte como enfermedad común?
» Buenas tardes.
Existe un procedimiento administrativo llamado Determinación de Contingencia para discutir si la patología sufrida por el trabajador (fallecido o no) se generó por causas relacionadas con el entorno laboral. Cada caso presenta sus propias circunstancias, pero el ordenamiento jurídico le da la oportunidad de discutirlo en sede administrativa y judicial, y determinar si existió una enfermedad profesional.
3. Buenas tardes. Entonces según su artículo un fumador no puede reclamar lo que le corresponde o le debería corresponder?
» Buenas tardes.
El hecho de haber sido fumador no impide que se pueda plantear una reclamación del perjuicio ocasionado por habernos expuesto a un ambiente perjudicial, sino de que dificulta determinar el grado de culpabilidad que ha tenido ese entorno en el desarrollo de la enfermedad.
Existe una relación directa entre el consumo habitual de tabaco y aumento de absorción de estas sustancias. El tabaquismo incrementa el riesgo tanto de aparición como de agravamiento de enfermedades respiratorias.
Sería una circunstancia a tener en cuenta a la hora de plantear una reclamación. La opinión forense de un profesional es muy influyente en estos casos.
4. Hola. Quisiera saber qué indemnización puede darme por la muerte de mi padre? Lo mató el amianto oero de eso hace ya 3 años. Gracias
» Buenas tardes.
El cálculo de una indemnización se obtiene empleando un baremo que prevé todas las circunstancias que rodearon el fallecimiento. Es muy difícil responderle sin conocer las mismas porque son precisamente éstas las que determinan la cuantía.
Si ud. lo desea, estaremos complacidos de atenderle personalmente en nuestras instalaciones para despejar cualquier duda que pudiera tener.
5. Buenas tardes, tengo una empresa donde mis trabajadores están expuestos continuamente al silicio. Qué puedo hacer para proteger su seguridad?
» Buenas tardes.
En primer lugar debo remitirle a su propio servicio de prevención, que sobradamente podrá asesorarle en esta materia con una planificación correctamente adecuada a las condiciones de su empresa.
No obstante, debo indicarle que nunca puede olvidar asegurarse de que la maquinaria que utiliza dispone de la certificación correcta, de que se efectúan mediciones trimestrales para conocer el grado de exposición de los trabajadores, de que se realizan los reconocimientos médicos específicos -previos a la contratación y periódicos- a los trabajadores, y de que se proporcionan y utilizan los equipos de protección individual adecuados.
Pero a riesgo de reiterarnos, le remitimos a su servicio de prevención de riesgos laborales, pues son el equipo de profesionales que deben asesorar el diseño de su cadena productiva.
6. La Prevención de Riesgos Laborales en el caso de Repsol respecto al amianto es la correcta? La empresas auxiliares que trabajan en ella están inscritas en el RERA pero ella como principal no
» De estar obligada (art. 17 RD 396/2006) a inscribirse, y en el caso de incumplir dicha obligación, podría denunciarse ante la autoridad laboral competente.
No obstante, tenga ud. en cuenta que el registro territorialmente competente para inscribirse es el del territorio donde radican las instalaciones principales de las empresas.
No podemos valorar un caso que desconocemos pero nos ponemos a su disposición para iniciar cualquier estudio.
7. La Prevención de Riesgos Laborales en Mármoles Santa Catalina respecto al Sílice ha sido la correcta? Hay un proceso judicial abierto y tanto la Empresa, como Mutua IBERMUTUAMUR y el Servicio de Prevención Ajeno Cualtis y de forma particular los tecn De Prevención y los Médicos del Trabajo están siendo juzgados.
» Buenas tardes.
Por lo que sabemos, este caso ya ha sido juzgado, y resuelto por el Tribunal Superior de Justicia. Le adjunto un enlace -de público acceso- a la sentencia que resolvió el debate:
http://www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=contentpdf&d…
Como puede comprobar -salvo instancias superiores- la empresa fue condenada por omitir su deber de establecer las medidas necesarias de seguridad.
8. Buenas tardes. Como pueden comprender, no es fácil tomar la decisión de iniciar un procedimiento judicial cuando no se tienen garantías de éxito. ¿Cuánto puede costar un procedimiento? ¿Es verdad que si no se gana, hay que pagar los gastos de los otros abogados? ¿Cómo se miden las posibilidades de ganar antes de iniciar el procedimiento?
» Buenas tardes.
Los costes de un procedimiento pueden variar en función de los medios de investigación que cada particular quiera emplear en la defensa de su caso.
Si el procedimiento se inicia en el orden social -juzgados de lo social- los trabajadores y afiliados a la seguridad social están exentos del pago de costas, por lo que ganen o pierdan tan solo deben hacer frente a sus gastos, y no a los gastos de las otras partes.
La clave para conocer las probabilidades de éxito se encuentran en la investigación previa que se realice del caso. La opinión de un médico forense o el estudio de un abogado pueden ser cruciales antes de enfrentarse con la apertura de un procedimiento.
9. Hola. Qué pasa si estamos convencidos de que mi padre falleció por silicosis, pero nunca se le reconoció y la empresa para la que trabajaba ya no está?
» Buenas tardes.
En primer lugar, si existen informes médicos que evidencien el origen de la enfermedad y otros hechos que nos ayuden a sembrar indicios suficientes -como otros casos de compañeros, sanciones que en su día se impusieron por incumplir la normativa de prevención,…- se podría iniciar un procedimiento de determinación de contingencias si no han pasado cinco años.
En caso de que la empresa haya cambiado de propietario e incluso de nombre podría no ser obstáculo para ello.
Más complicado es el caso de las empresas que hayan desaparecido por cierre o liquidación. En primer lugar habría que comprobar si existieron otros responsables, como la compañía de seguros con la que la empresa tenía concertada su seguro de responsabilidad civil, o la Mutua con la que tenía cubiertas sus contingencias profesionales.
En segundo lugar habría que iniciar los trámites oportunos para conseguir que se declarara que lo ocurrido fue consecuencia del trabajo. Es un proceso que como ya hemos dicho se llama determinación de contingencia, y nos permitiría discutir esta cuestión tanto en vía administrativa como judicial.
10. ¿Existen sentencias favorables a los trabajadores? ¿Hay casos en Cartagena en este sentido?
» Buenas tardes.
En ciudades como Cartagena es preocupantemente alto el número de casos denunciados cada año -por evidentes factores coyunturales-.
No todos los casos se estiman, como ud. puede imaginar, pero debe saber que nos encontramos en una de las ciudades en las que los jueces han adquirido más experiencia en estos casos.
Respondiendo a su pregunta, debo decirle que si existen casos que terminan con sentencias favorables.
11. En Cartagena, trabajadores de la antigua Bazán, ahora Navantia, han iniciado una cruzada para que se reconozca el origen de las enfermedades que muchos padecen. ¿Se puede afirmar que esas dolencias son consecuencia del amianto?
» Buenas tardes.
La empresa Navantia ha publicado recientemente un registro con los trabajadores que pueden haber estado en contacto con amianto en sus puestos de trabajo.
Durante muchos años, los trabajadores se vieron expuestos a un entorno muy agresivo en el que no se aplicaban, por no ser entonces obligatorias, las medidas de seguridad que hoy conocemos.
Son numerosos los casos de trabajadores y extrabajadores cuyas enfermedades han sido reconocidas como consecuencia de ese ambiente.
No obstante, afirmar rotundamente que las enfermedades de todos los trabajadores de una empresa son consecuencia del amianto sería temerario. Cada caso responde a unas circunstancias concretas que deben estudiarse con atención antes de emitir cualquier juicio.
Lamento no poder ser más concreto pero ignoramos las circunstancias a las que se refiere con su pregunta. Ud o desea, puede contactarnos en el teléfono 968 31 51 59, o en nuestra página web. Estaremos encantados de poder ayudarle.
12. ¿Se puede llevar a juicio la causa de un familiar fallecido por estos productos?
» Buenas tardes.
Si ud. (mayor de edad) es un legítimo heredero de ese familiar y tiene reconocida la capacidad de actuar en su nombre -por haberse subrogado en sus legítimos intereses y derechos- podría interponer un proceso por esta causa.
Además, cualquier otro familiar que acreditase un interés directo que pudiera verse afectado por el debate (piense ud. en una pensión de orfandad o de viudedad de quien no fuera legítimo heredero pero pudiera beneficiarse de una pensión cuya cuantía pudiera crecer si se declarase que el fallecido sufrió una enfermedad profesional) podría interponer el procedimiento, no en nombre del fallecido, sino en su propio nombre.
Agradecemos su atención y su participación. Estaremos a su plena disposición en el teléfono 968 31 51 59, y en la página www.casadomenaabogados.es. Un saludo cordial.
Ver también en: http://comunidad.laopiniondemurcia.es/entrevista-chat/7910/consultorios/…